Juzgado de Veracruz da entrada a demanda de amparo contra la Reforma Judicial

Demanda de amparo busca frenar el proceso de elección de jueces y magistrados en Veracruz

Veracruz | 2024-10-16

El Juzgado 17 de Distrito en Veracruz recibió una demanda de amparo interpuesta contra la presidenta Claudia Sheinbaum y otras autoridades, en relación con la reciente reforma al Poder Judicial.

La acción legal busca frenar el proceso de elección de jueces y magistrados por medio del voto popular, argumentando que podría haber una vulneración a derechos fundamentales, como la independencia judicial y el principio de separación de poderes.

Cabe mencionar que también solicitaron permanecer en el anonimato, señalando que los actos reclamados incluyen "proscripción, destierro profesional y ataques a la integridad personal".

Ante esto, el juzgado dictó la suspensión inmediata de dichos actos, lo que significa que no podrán llevarse a cabo mientras se resuelve el caso principal. Es importante mencionar que en Veracruz se tiene previsto que 44 jueces y magistrados participen en el proceso de elección.

Impugnación de la remoción anticipada

La demanda cuestiona varios aspectos de la reforma judicial, publicada el 15 de septiembre de 2024. Entre los puntos más polémicos se encuentran la remoción anticipada de jueces, la elección de estos cargos por voto popular y la eliminación de fideicomisos y fondos del sistema judicial.

Los quejosos consideran que estas medidas afectan la estabilidad en el cargo de los jueces y ponen en riesgo su independencia.

Los quejosos consideran que estas modificaciones afectan la permanencia de los jueces en sus cargos y comprometen su independencia.

Como consecuencia, el tribunal exigió a las autoridades responsables que informaran sobre el cumplimiento de la suspensión dentro de las próximas 24 horas, advirtiendo que incumplir esta orden podría constituir un delito, según lo dispuesto en los artículos 262 y 266 de la Ley de Amparo.

El caso quedó registrado con el número 923/2024 en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), conforme a la normativa vigente. Además, las autoridades demandadas tienen 15 días para entregar un informe justificado, que debe incluir copias certificadas de los documentos relacionados con los actos que se están cuestionando.

El juzgado también ordenó que la información personal de los quejosos no sea publicada en ninguna resolución o acuerdo relacionado con el caso, en cumplimiento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para proteger su privacidad.

En su argumentación, los quejosos citaron jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que resalta la importancia de la independencia judicial como un pilar esencial del debido proceso. Aseguran que la estabilidad en el cargo es clave para que los jueces actúen sin presiones externas.

El juzgado consideró que los quejosos cumplieron con los requisitos para la concesión de la suspensión provisional, ya que los actos reclamados podrían causarles daños irreparables en su esfera jurídica.

Respecto a los efectos de la suspensión, se ordenó que no se lleven a cabo los actos relacionados con la reforma que perjudiquen a los quejosos, incluyendo aquellos que afectan sus salarios y derechos laborales. Esta medida estará vigente hasta que se decida sobre la suspensión.

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