Estos son 4 derechos que los trabajadores en México desconocen

Los derechos de los trabajadores en México se rigen por la Ley Federal del Trabajo.

Veracruz - Boca del Río | 2024-08-24

Aunque la mayoría de los trabajadores conocen sus principales derechos, como el derecho a tener vacaciones y a disfrutar de un día de descanso a la semana, entre otros, hay algunos que pasan desapercibidos, pero que la Ley Federal del Trabajo contempla entre sus apartados y que son desconocidos.

Uno de estos derechos, que pocos conocen es el derecho que tiene un trabajador a pedir un anticipo de su sueldo y a cuenta del trabajo ya realizado.

En México, el artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a recibir anticipos de sueldo antes del día de pago.

Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo también contempla la posibilidad de anticipos de nómina, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: que el empleado acepte las condiciones del adelanto y sepa que se deducirá del próximo pago, que el anticipo no supere el 30% del salario neto mensual, solo sea una solicitud de adelanto por periodo de pago, ya sea quincenal o mensual y no se cobren intereses al empleado, entre otros.

Otro de los derechos poco conocidos es el de disfrutar de un día libre por cambio de casa, este deberá ser retribuido por la empresa y, además, puede ser ampliado por el convenio colectivo que aplique en la empresa.

La Ley también contempla permiso pagado de un total 20 horas anuales para formación del empleado. Una de las condiciones es que el trabajador cuente con una antigüedad de más de un año en la empresa, para que pueda disponer de 20 horas al año retribuidas para formación profesional.

Este derecho se puede acumular por un periodo de hasta 5 años, aunque el permiso retribuido podrá ser disfrutado siempre y cuando esa formación esté vinculada con el puesto de trabajo.

Y sí, la ley también contempla un tiempo libre para tomar café, té, refresco o agua, si la jornada laboral continuada es superior a 6 horas diarias, como trabajador tienes derecho a un descanso que no puede ser inferior a 15 minutos, tiempo en el que puedes disfrutar de alguna bebida, siempre y cuando no sea alcohólica.

/lmr 

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