Veracruz | 2024-12-02
Ingresar sin autorización a un lugar público cercado en Veracruz podría acarrear sanciones, aunque la especificidad de estas varía según el municipio ya que, aunque el Código Penal del Estado de Veracruz regula delitos relacionados con el allanamiento de propiedades privadas, no aborda directamente este tipo de actos en espacios públicos.
No obstante, las normativas municipales suelen tratar este tipo de conductas como faltas administrativas, estableciendo multas que dependen de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor en 2024 es de $103.74 MXN.
Según los artículos 175 y 176 del Código Penal de Veracruz, el allanamiento de morada o de despachos, oficinas o consultorios puede sancionarse con multas de hasta 50 días de salario y penas de prisión que van de un mes a seis años, dependiendo del caso.
En municipios como Veracruz, acciones similares, como apartar espacios en la vía pública, se sancionan con multas de entre 30 y 50 UMAs, equivalentes a entre $3,112.20 y $5,187.00 MXN.
Las sanciones por ingreso no autorizado a lugares públicos cercados podrían ser similares, pero dependen de las normativas locales.
Es importante destacar que estas sanciones no solo buscan penalizar actos específicos, sino también fomentar el respeto por los espacios públicos y la convivencia comunitaria.
Al ingresar sin autorización a un lugar público cercado, no solo se incurre en una posible falta administrativa, sino que se afecta el orden y la seguridad de los bienes comunes.
Para evitar confusiones o sanciones, es fundamental consultar las normativas locales del municipio donde ocurra el incidente. Las autoridades locales pueden proporcionar información precisa sobre los reglamentos vigentes y las sanciones correspondientes.
Finalmente, cualquier duda sobre las regulaciones específicas puede resolverse consultando directamente el Reglamento de Policía y Buen Gobierno del municipio correspondiente. Respetar las leyes y normas locales asegura una comunidad más armónica y con menos conflictos.