| 2024-07-19
En las vacaciones de verano 2024 habrá vigilancia en los diferentes accesos al territorio nacional a fin de que no entren al país objetos prohibidos y por ello aquí puedes saber cuáles son para evitar problemas si llegas de visita a México.
Ante la llegada de la temporada vacacional de verano, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural refuerza sus acciones de inspección en puertos, aeropuertos y fronteras del país e invita a turistas extranjeros y connacionales a informarse sobre los productos de origen animal y vegetal que pueden o no ingresar al territorio.
El objetivo es proteger el patrimonio agroalimentario nacional de plagas y enfermedades vegetales y animales no presentes en México, lo que es clave para garantizar el abasto de alimentos y fortalecer la seguridad alimentaria.
Los oficiales de inspección sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria operan estas acciones en 97 puertos, aeropuertos y puntos fronterizos, lo que coadyuva a evitar el ingreso de más de mil plagas agrícolas y 78 enfermedades de los animales no presentes en el país.
Para realizar estas labores de inspección, el Senasica cuenta con más de mil 600 médicos veterinarios, agrónomos y biólogos expertos en inspección sanitaria, que laboran en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria ubicadas en todos los puntos de ingreso turístico y comercial que existen en México.
Para coadyuvar con estas labores se han integrado 70 binomios caninos, con perros adiestrados por el Senasica, que, sin la necesidad de abrir el equipaje, gracias a su memoria olfativa pueden reconocer aromas frutales, hortalizas y cárnicos, entre otros.
El Senasica invita a los viajeros a consultar cuáles productos representan un riesgo para el campo y la ganadería nacional, puesto que podrían ser portadores de plagas y enfermedades devastadoras, como la peste porcina africana (PPA), la mosca del Mediterráneo o el gorgojo Khapra, entre otras.
Se prohíbe el ingreso de manera turística de los productos que se enlistan a continuación:
Material propagativo (semillas, bulbos, esquejes, yemas, estacas, etc.)
Flores, plantas, plántulas In Vitro, verduras y frutas frescas.
Granos (maíz, frijol, arroz, quinua, trigo, ajonjolí, girasol, alubia, lenteja, etc.)
Café y tabaco verde. Castañas frescas
Alimento balanceado para cualquier especie (excepto para perros y gatos).
Alimento balanceado para perro y gato con carne de bovino, ovino y caprino (Siempre y cuando, su país de origen no cuente con hoja de requisitos zoosanitarios publicado en el módulo de consulta de requisitos para la importación MCRZI).
Carne fresca de cualquier especie.
Contenedores con animales, restos de animales (sangre, plumas, huesos, despojos, otros).
Cualquier especie animal (excepto perros y gatos) regulada.
Indumentaria con huesos, piel y plumas de animales, artesanías de cuerno o hueso tallado o pulido, cuando se presenten con sangre o cualquier otro material propagativo de enfermedades o plagas. Se permite el ingreso, cuando se descarte la presencia de los materiales antes señalados y se verifique que se trate de un producto cuyas características no representen un riesgo sanitario.
Indumentaria y accesorios de torero, charrería y monta de toros, cuando presente sangre o restos de tejidos de animales; se permite su ingreso cuando se presenten completamente limpios y desinfectados y previo tratamiento profiláctico en el punto de ingreso.
No se permiten productos de elaboración casera o artesanal.
Pollo tipo campero.
Productos de origen porcino y sus derivados, originarios de países con presencia de Peste Porcina Africana, tales como: jamón, salchichas, tocino, chicharrón, dulces con carne de cerdo, carne de cerdo cruda, carne seca, chuletas ahumadas, embutidos precocidos, pasta con carne de cerdo, costillas a la BBQ, harinas de cerdo, manteca de cerdo, sopa instantánea con cerdo, pasta de dientes de tocino, salami, mortadela, sándwich con jamón, chorizo, etc. Consulta más información
Productos de piel sin curtir.
Productos farmacéuticos, químicos y biológicos para uso o consumo animal, ni aquellos que sean señalados con fines terapéuticos o de investigación.
Quesos frescos.
Sándwiches, bocadillos, tortas, emparedados, hamburguesas, pizzas, etc., con contenido cárnico y lácteo sin empaque íntegro, ni sello sanitario de la autoridad competente.
Trofeos de caza (montados, frescos, salados, otros).
Vasijas o artículos con contenido de origen animal, vegetal o desconocido.
Crustáceos vivos, crudos y secos
Productos acuícolas (excepto filetes y pescados para consumo animal).
Peces, Tortugas vivas. Productos de origen acuático regulados, en mal estado, en descomposición o con presencia de larvas o insectos