México | 2023-04-04
El presidente Andrés Manuel López Obrador, solicitó a la Suprema Corte de Justicia, a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia, revertir los acuerdos que admiten a trámite la demanda y ordenan suspender los efectos del 'Plan B' en materia electoral.
La Consejería Jurídica, en el pronunciamiento, advierte que la SCJN no debió admitir la demanda debido a que el articulo 105 fracción 1 de la Constitución “prohíbe al máximo tribunal tramitar este tipo de controversias constitucionales en contra de leyes electorales, como son el conjunto de normas que integran el Plan B”.
Asimismo, debió negarse la suspensión solicitada por el INE porque su otorgamiento contraviene el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, que a la letra dice: “La suspensión no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales
En su pronunciamiento subraya que los derechos laborales de los trabajadores no constituyen un acto de imposible reparación, “estos están a salvo”.
En su argumentación recuerda que para conceder la suspensión del Plan B “sostuvo que las leyes electorales cuestionadas podían (acto futuro e incierto) causar afectaciones a los derechos humanos sin explicar como la entrada en vigor de la reforma ocasionaría una alteración irreparable a los derechos políticos electorales de la ciudadanía”.
Para la Consejería Jurídica nunca en la historia de la corte había ocurrido que un solo juez constitucional suspendiera la vigencia de cuatro leyes y de forma unilateral ordenara revivir las disposiciones modificadas por el congreso.
Finalmente asevera que “el poder judicial también tiene limites en su actuar los cuales están enunciados expresamente en la constitución”.