México | 2025-06-15
Este martes 17 de junio entrará en vigor una reforma a la Ley Federal del Trabajo conocida como Ley Silla, la cual establece que todos los empleadores en México deberán garantizar que sus trabajadores tengan acceso a asientos adecuados durante su jornada. Aunque parece un cambio simple, representa una transformación profunda en las condiciones laborales de miles de personas que antes pasaban horas de pie sin descanso alguno.
Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los artículos 132 y 133 de la ley han sido modificados para añadir nuevas obligaciones patronales. Entre ellas, destaca que las empresas están obligadas a proporcionar sillas con respaldo funcional para que los trabajadores puedan sentarse mientras laboran, o al menos durante sus periodos de pausa.
Este cambio aplica a todos los sectores. Desde oficinas corporativas hasta tiendas minoristas, pasando por cocinas, casetas, mostradores o cualquier espacio donde el personal permanezca de pie de forma prolongada.
La reforma no distingue entre tipos de empleo. Se considera que el descanso postural es un derecho general, aplicable tanto para quienes atienden a clientes como para quienes ejecutan tareas operativas en un entorno cerrado.
Cajeros, personal de seguridad, cocineros, panaderos, guardias, dependientes de mostrador y meseros forman parte de los sectores con mayor exposición a las afectaciones físicas que se buscan evitar con esta norma.
El objetivo es claro: reducir daños posturales y evitar enfermedades laborales como várices, fatiga muscular, dolores en la espalda baja y deterioro en las articulaciones.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá, en los próximos días, emitir normas complementarias que regulen el riesgo por posturas prolongadas.
Las sanciones establecidas por incumplimiento no son menores. Las multas oscilan entre 250 y 2,500 veces la UMA, lo cual equivale a montos aproximados de $27,000 a más de $280,000 pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad de la falta y si existe reincidencia.
Además, las autoridades laborales pueden ordenar inspecciones y, en los casos más serios, suspender temporalmente las actividades de una empresa si se detecta una negativa constante a cumplir con esta nueva obligación.
Los patrones deberán modificar sus reglamentos internos en un plazo de 180 días naturales y garantizar que la norma se cumpla en todos los espacios de trabajo. Aún si el espacio es reducido, deben buscar adaptaciones viables para colocar sillas o puntos de descanso para el personal.
El cumplimiento no debe ser visto solo como un requisito legal, sino como una inversión en salud ocupacional y dignidad laboral, ya que gran parte de los padecimientos musculoesqueléticos se originan por condiciones de trabajo inapropiadas.