Ciudad de México | 2023-07-27
El Instituto Nacional Electoral (CNE) aprobó los lineamientos para supervisar y controlar los eventos, erogaciones y propaganda de las famosas "corcholatas" del partido del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), así como los candidatos opositores del Frente Amplio Opositor encabezados por los Partidos de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Revolución Democrática (PRD), quienes tendrán un límite de gastos de 34.3 millones de pesos.
Los lineamientos fueron aceptados por unanimidad, mientras que el tope de gastos de campaña fue avalado con 7 votos a favor y cuatro en contra, pues algunas consejerías consideraron que era desmesurado.
Además, se acordó que los funcionarios públicos podrán involucrarse en los procesos internos de los partidos, siempre y cuando no vulneren la equidad.
Los aspirantes podrán aportar, en dinero u otras contribuciones, un límite de 2 millones 148 mil 166 pesos; mientras que las aportaciones de militantes y simpatizantes, de manera individual, será de hasta 537 mil 041 pesos.
Estará prohibido recibir financiamiento de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas, así como de los ayuntamientos; dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de gobierno de la ciudad de México; organismos autónomos federales, estatales y de la Ciudad de México.
Tampoco serán permitidas las aportaciones de los partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras; organismos internacionales; personas morales o no identificadas.
Los servidores públicos podrán asistir a los eventos de procesos políticos en días inhábiles, su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento del que se trate.
En tanto, los legisladores pueden acudir a los eventos en días y horas hábiles, siempre y cuando no se distraigan de su participación en las actividades legislativas a su cargo.
El INE llevará a cabo la certificación de propaganda colocada en vía pública, tales como espectaculares, en vehículos de transporte público y pinta de bardas, así como en redes sociales. Y en caso de incumplir las reglas, se ordenará su retiro.
Los lineamientos establecen que la propaganda sobre los procesos internos podrá colocarse o fijarse en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito de la persona propietaria.
No obstante, no podrá colocarse elementos del equipamiento urbano, carretero ni ferroviario; tampoco en monumentos ni edificios públicos.
Además, no se podrá obstruir en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población.
Las personas que omitan la presentación de su informe de ingresos y gastos al partido que conduce el proceso político respectivo o al comité designado para tal efecto, enfrentarán alguna de las sanciones previstas en el artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que va desde una amonestación pública hasta la pérdida del derecho del precandidato infractor a ser registrado como candidato o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo.
Sobre los actos de los aspirantes, denominados “personas inscritas”, se establece que no deben tener como objetivo el obtener el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular.
También deberán evitar expresiones, discursos y mensajes elementos de naturaleza electoral o equivalentes.
No se podrá emplear propaganda por sí mismos o por terceros, que de manera indirecta tenga un contenido proselitista electoral.
INE estableció que las personas físicas o morales que publiquen o difundan alguna encuesta sobre estos procesos políticos deberán presentar al Consejo un informe con la metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos.
/ct