Veracruz | 2025-03-07
Luego de que el Congreso del estado de Veracruz aprobó la tipificación de la violencia vicaria, diversas colectivas celebraron que este tipo de violencia ya pueda ser castigada.
Ahora la violencia vicaria es reconocida y sancionada como cualquier acto u omisión que tenga el propósito de causar perjuicio o daño a una mujer, dirigido contra familiares o personas adultas mayores que compartan un vínculo filial utilizando e instrumentando a sus hijos.
Las modificaciones a la ley contemplan la creación de capítulos específicos sobre violencia vicaria en el Código Penal y el Código Civil, con penas que van de 2 a 6 años de prisión.
Lo anterior se aplicará cuando entre la víctima y el agresor exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato o de hecho con la persona agresora, independientemente de la cohabitación en el mismo domicilio.
Aunado a esto, se establece la suspensión o pérdida de la patria potestad en casos acreditados de instrumentalización de menores.
También la implementación de medidas cautelares, como la restricción de convivencia con los hijos y la asistencia psicológica especializada para las víctimas.
Además, la Fiscalía General del Estado de Veracruz deberá adecuar su normatividad y capacitar a su personal en un plazo de 120 días para la correcta aplicación de las nuevas disposiciones.