Xalapa | 2021-03-31 | Jesús Ruíz
En sesión extraordinaria, con 27 votos a favor, 12 en contra y ninguna abstención, el Congreso del Estado aprobó el cambio al artículo 18 Ter. de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Veracruz, para que la recién creada Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica y la Unidad de Análisis e Inteligencia, sean dirigidas y supervisadas por el secretario de Seguridad Pública, Hugo Gutiérrez Maldonado.
Lo anterior conforme a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz y demás disposiciones legales y administrativas aplicables.
Estos cambios a la referida normatividad fueron propuestos por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez el pasado 11 de marzo, quien busca que con esta facultad para el titular de la SSP, se pueda “generar, obtener, analizar y evaluar la información patrimonial, fiscal y económica proveniente de actividades consideradas irregulares o ilícitas por la ley, a través de la colaboración con las autoridades competentes en la materia”.
Los legisladores locales también ampliaron las atribuciones de Gutiérrez Maldonado en materia de traslado de reos a los juzgados, administración del sistema penitenciario y del personal que labora en las cárceles de la Entidad.
Por lo que ahora podría controlar, vigilar y dar seguimiento a las penas y medidas de seguridad que imponga o modifique el órgano jurisdiccional.
Además, se encargará de organizar la administración y operación del Sistema Penitenciario con base en el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como medios para procurar reinserción social de la persona sentenciada:
El titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Veracruz administrará también los centros penitenciarios y propondría ante los órganos jurisdiccionales, los beneficios preliberacionales, libertades anticipadas, sanciones no privativas de libertad, y traslado de personas privadas de su libertad, e igualmente atenderá las solicitudes de extradición, amnistía e indulto; anteriormente requería el permiso del gobernador.
Ahora está facultado además para coordinar, dirigir y vigilar la política estatal en materia de prevención y reinserción social, de evaluación y supervisión de medidas cautelares, así como de la suspensión condicional del proceso.
Supervisará las instalaciones de los Centros Penitenciarios, para mantener la seguridad, tranquilidad e integridad de las personas privadas de su libertad, del personal y de los visitantes, ejerciendo las medidas y acciones pertinentes para su buen funcionamiento.
Y administrará y resguardará los Centros Especializados para Adolescentes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes; realizará los traslados ordenados por los órganos jurisdiccionales de las personas privadas de su libertad a los recintos judiciales en donde se celebrarán sus audiencias brindándoles la seguridad y custodia en dichos recintos, y cumplirá los mandamientos judiciales solicitados por los jueces y autoridades ministeriales.