Xalapa | 2023-03-20
La Secretaría del Bienestar ha notificado a los 212 ayuntamientos de Veracruz que el Órgano de Fiscalización Superior ya no podrá auditar los recursos que aplican del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, sino será facultad exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación.
De esta forma, el Orfis ya no podrá revisar la mayor parte de la obra pública realizada por los presidentes municipales, quienes ocupan los recursos del FAIS para el financiamiento de obras y acciones en materia de infraestructura que ayuden a combatir la pobreza extrema y el rezago social.
De igual forma, solo la ASF está facultada para proceder legalmente por presuntos desvíos de recursos que se hayan cometido con el FAIS en la obra pública, y con ello las denuncias del Orfis estarían sin sustento legal.
La Secretaría del Bienestar informó que, a través de cursos de capacitación que hace la Dirección General de Desarrollo Regional dirigidos a los alcaldes para el correcto uso de los recursos públicos, estos han cuestionado ante quién deben solventar los procesos de auditoria, si ante el Orfis o la ASF.
Ante ello, la Secretaría del Bienestar consultó a la Auditoría Superior de la Federación sobre el tema, la cual respondió a través del auditor especial del Gasto Federalizado, Emilio Barriga Delgado, quien precisó que la revisión de los recursos federales es exclusiva de la ASF.
De esta forma, el llamado 033, mediante el cual los ayuntamientos hacen la mayor parte de su obra pública, ya no podrán ser auditados por el Órgano de Fiscalización Superior, hecho que venía realizando de manera normal desde su creación.
Igualmente precisa que si bien los recursos de los fondos federales deben registrarse como ingresos en las cuentas públicas de las entidades federativas y de los municipios, tal control no faculta al Orfis para fiscalizar dichos recursos.
Ante tal situación, los 212 alcaldes de Veracruz han recibido la notificación vía correo electrónico, para que en los próximos procesos de auditoria ya no hagan caso a las peticiones que haga el Orfis, solo en lo que se refiere al ramo 033, y únicamente atiendan la fiscalización de la ASF.