Ordena juez realizar prueba de COVID-19 a empleada del CAE

La trabajadora afirma que el director del hospital incumple las medidas preventivas al "obligarla" a reincorporarse

Xalapa | 2020-06-25 | Jesús Ruíz

El director del Centro de Alta Especialidad “Dr. Rafael Lucio” en Xalapa, Alejandro Rey del Ángel Aguilar, busca que una trabajadora se reincorpore a laborar pese a que no está totalmente recuperada tras contraer COVID-19.

La afectada tramitó un amparo ante un juez federal, señalando al responsable del nosocomio de incumplir el acuerdo de la Secretaría de Salud federal por el que se establecen las medidas preventivas que se deben implementar para la mitigación y control de los riesgos entre el personal.

En su argumentación refirió que el documento le permite ausentarse de sus labores hasta estar completamente recuperada, lo que no es su caso.

Por esta razón el juez federal otorgó la suspensión de plano a la quejosa, solicitando realizarle las pruebas médicas para dar seguimiento a la evolución de su padecimiento, determinar su estado de salud, así como confirmar o descartar el diagnóstico clínico.

Sin embargo el abogado de la trabajadora acusó que no le fueron efectuados los análisis clínicos ordenados por la autoridad jurisdiccional, aunque el director del CAE así lo reportó.

Concretamente se debía realizar una espirometría simple, pruebas de anticuerpos I y G SARS COV2 TAC-, por lo cual el defensor pidió al juez que requiriera al centro médico “los citados exámenes y valoraciones".

La autoridad determinó que si la empleada continúa siendo positiva al virus COVID-19 se deberá certificar por perito médico si ha recuperado su salud y es apta para regresar a desempeñar sus funciones al centro de trabajo, ya que, en caso contrario, esto es, de encontrarse su salud aun deteriorada, se pondría en riesgo de nueva cuenta su vida.

En ese sentido el juez tomó en consideración que el director remitió constancias médicas de que se le realizó una exploración física a la trabajadora y con base en ello diagnosticaron que no requería tratamiento médico, y le fueron solicitados exámenes sólo de seguimiento que incluyen tomografía axial computarizada pulmonar, inmunoglobulina SARS COV2 y espirometría, pero no los requeridos inicialmente.

“Sin embargo, como se indicó, el efecto de la medida cautelar concedida en autos fue para que a la quejosa se le realizaran las pruebas necesarias que determinaran si continúa siendo positivo al virus COVID-19; y, en su caso, se certificará por perito médico si ha recuperado su salud”.

Por tanto, el juez federal requirió al director del Centro de Alta Especialidad que se le practiquen de inmediato los estudios médicos de referencia y remita el certificado médico del que se advierta que no presenta síntomas y es apta para regresar a desempeñar sus funciones.

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