En Veracruz, oficinas del Registro Civil deberán permitir bodas gay

Xalapa | 2021-06-02 | Alejandro García

A partir de hoy, todos los oficiales del Registro Civil en los 212 municipios deben permitir las bodas entre personas del mismo sexo, sin importar que el Código Civil no lo establezca, determinó un Juez Federal.

Al resolver un juicio de amparo presentado por una pareja de mujeres, a quienes en la ciudad de Xalapa les fue negado contraer matrimonio, resolvió la inconstitucionalidad de los artículos 75 y 77 del Código Civil en el estado de Veracruz.

Sin embargo fue más allá al no sólo amparar a dicha pareja, sino establecer que la Dirección del Registro Civil del Estado y todas aquellas oficinas de Registro Civil en los 212 municipios deben desconocer los referidos artículos y permitir las bodas entre personas del mismo sexo.

Tal situación la determinó el titular del Juzgado Décimo Octavo, José Ezequiel Santos Álvarez, al resolver un el juicio de amparo 73/2020, donde resolvió brindar la protección de la justicia federal a un par de mujeres para que se les permitiera contraer matrimonio.

El Juez Federal consideró que los citados artículos son negativos y discriminatorios contras las parejas homosexuales, al considerarlas que no son merecedoras de acceso al matrimonio.

Además precisó que tal marco legal vigente viola el principio de igualdad y no discriminación, así como su derecho a la dignidad humana que debe gozar toda persona.

Aunque el Juez Federal estableció la inconstitucionalidad del Código Civil de Veracruz, precisó que no es necesario establecer que el cumplimiento de la presente resolución implique el Congreso y el Gobernador del Estado de Veracruz deban pronunciarse sobre la anulación de las normas combatidas; por tanto, quedan exentos de cumplimiento alguno de este fallo.

.
.