Xalapa | 2022-05-31 | Jesús Ruiz
Tras la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar el artículo 75 del Código Civil de Veracruz, la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso local circuló el dictamen para modificar dicha porción normativa y permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo.
El documento de 10 hojas recoge las iniciativas que en su momento presentaron el autonombrado diputade Gonzalo Durán Chincoya del grupo legislativo de Morena y Ramón Díaz Ávila, integrante del Partido del Trabajo (PT), ambas con fecha del 5 de abril pasado.
Si bien el dictamen toma en cuenta solamente las dos iniciativas, que surgen “de la necesidad de legislar respecto al matrimonio igualitario”, cita algunos criterios y jurisprudencias del máximo tribunal del país, y repasa brevemente la acción de inconstitucionalidad que tumbó diversos artículos del Código Civil este lunes 30.
Se agrega que el matrimonio igualitario ha sido reconocido en 25 entidades y entre las faltantes estaba precisamente el estado de Veracruz.
Y aunque se recuerdan las modificaciones hechas a la figura de concubinato en 2020 para permitir la unión de hecho entre dos personas, se reconoce que protege a una figura distinta a la del matrimonio, por lo que ahora es necesario hacer estas modificaciones.
En el dictamen se destacan también los principios de igualdad y no discriminación, que a decir de los ministros de la Suprema Corte son violentados por la redacción actual del Código.
De estos, se señala que son el punto de partida que propone procesos de eliminación de estigmas, prejuicios y negativa de derechos “en una sociedad de constantes cambios como la nuestra, y de la que Veracruz es parte importante”.
La propuesta, que se prevé sea sometida a votación en la próxima sesión del pleno, también establece cambios al artículo 77.
De esta manera, el artículo 75 que regula el matrimonio y que actualmente dispone que “es la unión de un solo hombre y una sola mujer que conviven para realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil”, será modificado.
Ahora se pretende que indique que el matrimonio es la unión de dos personas a través de un contrato civil que, en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida conjunto, a partir de una relación afectiva con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo mutuo y sin impedimento legal alguno”.
Igualmente, la redacción del 77 establecería que “cualquier condición contraria a los fines esenciales de apoyo, cooperación, respeto, igualdad, convivencia y asistencia mutua que se deban los cónyuges, se tendrá por no puesta”.