Dos jóvenes murieron a manos de policías en el “cuartel de San José”: CEDH

La Comisión Estatal de Derechos Humanos determinó la responsabilidad de los elementos en el fallecimiento de los civiles tras ser remitidos a los separos

Xalapa , Ver | 2022-10-02

Carlos Navarro y Gustavo Ortiz Hernández fallecieron por responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública luego de ser ingresados al Cuartel General “Heriberto Jara Corona”, conocido como el “cuartel de San José” en Xalapa.

Lo anterior de acuerdo con las recomendaciones 013/2022 y 031/2022, de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Las víctimas murieron en hechos distintos ocurridos en 2020 y ahora el titular de la dependencia, deberá emitir una disculpa pública y, entre otras medidas, pedir incluir a los familiares afectados en el Registro Estatal de Víctimas y proceder a la reparación del daño.

Carlos Andrés Navarro, de 33 años, murió el 2 de mayo de 2020 tras ser ingresado a los separos y su caso se viralizó debido a que existen videos de su detención por parte de efectivos estatales.

Por su parte, Gustavo Ortiz, de 35 años, falleció el 24 de octubre de 2020 y su caso generó indignación entre su familia, cuyos integrantes llevaron su ataúd al centro de la capital del Estado para manifestarse frente al Palacio de Gobierno el 27 de octubre.

Entre un sinfín de irregularidades corroboradas por la CEDH destaca que la SSP se negó a entregar videos del interior de sus instalaciones luego de ingresar a ambas víctimas, con la justificación de que sus cámaras no almacenan las imágenes captadas en el cuartel.

DICTÁMENES MAQUILLADOS

Carlos Navarro fue detenido el 2 de mayo de 2020 por cometer faltas administrativas en una tienda de autoservicio.

Sin embargo, su familia se enteró de los hechos un día después, cuando un fiscal informó a su madre que debía acudir a reconocer y recoger el cuerpo después de que intentaron localizarlo ante distintas instancias.

Aunque policías reportaron que el detenido presuntamente había ingerido drogas, en los dictámenes periciales de las muestras de sangre, humor vítreo y fragmento de hígado tomadas a los restos, se determinó que no había en él presencia de alcohol ni de drogas, según confirmó la CEDH.

La investigación del organismo presidido por Namiko Matzumoto determinó que, con base en el relato de testigos, Carlos habría sido golpeado por varios policías al momento de ser trasladado a una celda después de su ingreso al cuartel, contradiciendo la versión de la autoridad.

Policías justificaron que forcejearon con él para someterlo debido a que los agredió, sin embargo, se determinó que no existe correlación entre las lesiones que pudieron haberle ocasionado las técnicas de sujeción que el policía involucrado refirió haber empleado, frente "a los múltiples traumatismos que presentó la víctima, mismos que provocaron su fallecimiento”.

La familia denunció el hecho y, en autos de la carpeta de investigación, iniciada en la Unidad Integral de Procuración de Justicia de Xalapa, existe un dictamen de la necrocirugía que le fue realizada el 3 de mayo, con detalles de más de 20 lesiones ante morten.

“Concluyéndose que la causa de muerte fue mixta con motivo de un infarto agudo al miocardio fulminante y por el conjunto de traumatismos descritos en dicho dictamen. Las mismas causas de fallecimiento fueron asentadas en el certificado y acta de defunción”.

Por su parte, Gustavo Ortiz Murió el 24 de octubre de 2020, tras ser detenido en la comunidad El Rosario en el municipio de Banderilla.

Ese día elementos estatales violentaron su derecho a la libertad al retenerlo por conducir un vehículo sin placas a las 13:00 horas, aunque los estatales no tenían la facultad de hacerlo debido a que no los acompañaban elementos de Tránsito y Vialidad.

La víctima fue trasladada al cuartel de San José y, de acuerdo con la investigación de la CEDH, habría sido golpeado en el trayecto al punto que se desvaneció al momento de ser ingresado.

Luego de no saber de su paradero sus familiares lo buscaron y hallaron el Audi de color negro de su propiedad en dichas instalaciones, sin embargo, la SSP nunca les reportó lo sucedido. Fue el propietario original del vehículo, quien vendió la unidad al fallecido, quien les dijo que un policía le confirmó su deceso.

Para las 20:00 horas el personal de la Dirección de Asuntos Penitenciarios de la CEDH dijo a los hijos de Gustavo que debían dirigirse a la Dirección General de los Servicios Periciales para realizar el reconocimiento del cadáver. En la diligencia se percataron que hacían falta pertenencias de la víctima, así como dinero en efectivo.

En los ritos funerarios, la familia de la víctima decidió revisar el cuerpo, puesto que uno de sus hijos dijo que lo habían “reventado”.

“(…) empecé a limpiar su cara con toallas húmedas, porque estaba muy maquillado y ya lo vimos, su nariz tenía muchos rasguños, tenía morado, en sus manos tenía, así como hoyos, en su espalda tenía moretones…en el pecho muy morado…en su espalda también”, narró otra víctima indirecta.

Incluso Gustavo habría recibido descargas eléctricas, de acuerdo con los dichos de otro de sus hijos: “tenía como tres puntitos morados, que yo no sé qué materiales ocupan los policías, pero me dijeron que eran de una descarga porque era de tres puntitos”. 

De esta forma, la familia consideró que el fallecimiento de Gustavo se debió a que fue fuertemente golpeado por los policías que lo detuvieron y decidieron interponer una denuncia.

En las pruebas periciales realizadas por la Fiscalía se determinó que la víctima no presentó residuos de etanol o alcohol etílico en su cuerpo y la CEDH acreditó que la autoridad no documentó adecuadamente la detención a través del Informe Policial Homologado, entre otras irregularidades.

Según el reporte de la SSP, en la certificación médica realizada por la doctora en servicio del Cuartel, se hizo constar que la víctima se desvaneció durante la entrevista y que previamente había señalado que le faltaba aire, que se sentía mareado y que no podía respirar.

No obstante, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción emitió un dictamen en materia de levantamiento y traslado del cuerpo en el que se asentó la existencia de diversos vestigios de tallones de suelas de zapato en la camisa de la víctima.

Además, Gustavo presentó escoriación dermoepidérmica en cara anterior del cuello; en región orbital lado derecho y en la región abdominal lado izquierdo.

Por su parte, el dictamen medicolegal de necropsia estableció lesiones en la cavidad oral; en el tórax y lesiones internas.

“Dichas lesiones se clasificaron como antemortem, ocasionadas por un objeto duro y romo que se desplaza a gran velocidad para impactar en un plano estático. El diagnóstico de muerte fue hemorragia aguda masiva secundaria a contusión profunda de abdomen”.

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