Deben reinstalarse poderes en Mixtla de Altamirano: SCJN

Xalapa | 2021-09-22 | Jesús Ruiz

Por determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el Congreso del Estado restituirá el Cabildo de Mixtla de Altamirano.

Esto luego de que la LXV Legislatura determinó la desaparición de poderes tras el asesinato de la exalcaldesa, Maricela Vallejo Orea.

En la sesión de la Diputación Permanente, el secretario Víctor Emmanuel Vargas Barrientos dio lectura a los acuerdos, señalando que queda sin efecto el acuerdo publicado el 4 de julio de 2019 mediante el cual se autorizó la intervención de la Tesorería de Mixtla de Altamirano.

También quedó sin efecto la suspensión provisional del Ayuntamiento de Mixtla de Altamirano, así como la designación que se hizo de un Concejo Municipal, por lo que se restituyen a los integrantes del ayuntamiento.

Debido a que el exsíndico Ricardo “N” se encuentra con prisión preventiva, tras ser implicado en el asesinato de Vallejo Orea, junto con su esposa, la exalcaldesa María Angélica “N”; el Cabildo ahora deberá comparecer respecto a este caso.

“Respecto de un edil que jurídica y materialmente se encuentra bajo los efectos de una medida privativa de libertad las autoridades competentes, de ser el caso, aplicarán el criterio orientador contenido en la sentencia Sup-Rec 13777-2021 y acumulado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Y es que en noviembre de 2020 los ministros declararon como ilegal la disolución de poderes y ordenaron restituir todo al estado en que se encontraba antes de la desaparición del ayuntamiento, fallo que cobró validez hasta este miércoles 22 de septiembre de 2021.

La Primera Sala, bajo la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, declaró fundada la Controversia Constitucional citada que fue promovida por el municipio de Mixtla de Altamirano, en contra de la decisión de desaparecer provisionalmente los poderes de esa demarcación, revocar los nombramientos de sus ediles, intervenir su hacienda pública y nombrar un concejo municipal, bajo el argumento de que había ingobernabilidad por hechos de violencia.

La Suprema Corte determinó que este acto del Congreso local fue ilegal.

Por ello decretó su invalidez, ordenando se restituyan las cosas al estado que tenían antes; es decir, restituir la conformación del municipio, a las autoridades municipales en sus cargos, el control de la Tesorería y dejar sin efecto la constitución del Concejo Municipal.

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