Analizará Federación Tercera Alerta de Género para Veracruz

Xalapa | 2021-09-09 | Staff Imagen de Golfo

Justicia, Derechos Humanos y Género A.C, junto con otras organizaciones, consiguió que la Secretaría de Gobernación (SEGOB), a través de la Comisión Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (CONAVIM) y e Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), analicen una tercera declaratoria de alerta de violencia de género en Veracruz.

Esto luego de que el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en la Ciudad de México le dio la razón sobre la falta de debida diligencia y violación al debido proceso administrativo en el procedimiento de declaratoria de alerta de violencia de género que presentaron para el Estado de Veracruz en mayo de 2019

Respecto al INMUJERES, expusieron que no implementó la instalación del grupo de trabajo señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para revisar su solicitud.

A la CONAVIM se le atribuye como acto reclamado la falta de debida diligencia y violación al debido proceso administrativo, relativo al procedimiento de declaratoria de alerta de violencia de género que la asociación presentó en mayo de 2019.

Inicialmente, el juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito sobreseyó la solicitud de amparo, por lo que se interpuso el recurso de revisión ante el Décimo Tribunal Colegiado, instancia que admitió el trámite y resolvió dar la razón a las organizaciones, según el expediente 111/2020.

Cabe señalar que la directora General para una Vida Libre de Violencia y para la Igualdad Política y Social de la CONAVIM determinó la admisibilidad y acumulación de la solicitud de declaratoria de violencia de género presentada el 15 de mayo de 2019, al considerar que no pueden subsistir dos procedimientos de solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres que resuelvan sobre los mismos hechos.

Las activistas consideran que en las condiciones del Estado Veracruz ameritan que se tramite la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género que solicitaron, al derivar de hechos diversos a los que dieron lugar a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género que ya existe en ese estado, que conlleva la implementación de medidas diversas.

Afirmaron que fue ilegal que se haya acumulado su solicitud de Declaratoria de Alerta de Género al expediente de la Declaratoria que ya existe, de modo que debió tramitarse de forma independiente y tramitarse acorde a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El Tribual determinó como substancialmente fundados los argumentos de las organizaciones, determinando que si bien las autoridad señaladas sustentaron su determinación y señalaron que no era viable que subsistieran dos procedimientos de solicitud de alerta de violencia de género contra las mujeres que versan sobre los mismos hechos, tal determinación descansó en consideraciones “genéricas y dogmáticas”, en tanto se limitó a señalar que se trata de los mismos hechos, pero sin exponer las razones particulares por las que estimó que efectivamente los hechos que dieron origen la nueva solicitud de declaratoria, coincide con los hechos que motivaron la anterior declaratoria de alerta emitida en el estado.

“En ese sentido, se considera viable que la solicitud de Declaratoria de Alerta planteada por las peticionarias, sea admitida y tramitada de forma independiente, pues el hecho de que se trate de violencia y desapariciones de mujeres y niñas, no da pie a que sea concebido a que se trata de los mismos hechos analizados anteriormente, de ahí que sea aceptable sea analizada a la luz de una diversa perspectiva, en la medida en que, la actividad delictiva es dinámica, pues suele evolucionar, en la inteligencia de que el modus operandi se desarrolla antes, durante y después del crimen, por lo tanto está sujeto a muchas probabilidades de cambio por parte del entorno y las personas que están en él”.

.
.