Secretaría de Marina toma el control de las vías férreas en el sur de Veracruz

AMLO ordenó la ocupación temporal inmediata a favor del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec

Xalapa | 2023-05-19

El presidente Andrés Manuel López Obrador decretó ordenar la ocupación temporal inmediata a favor del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, las vías férreas que pasan por Minatitlán, Coatzacoalcos hasta, Medias Aguas en el municipio de Sayula de Alemán.

Se trata de 91 kilómetros declarados de utilidad pública para la conservación y prestación del servicio público de transporte ferroviario, su uso, aprovechamiento, operación, explotación y demás mejoras en los tramos.

Si bien tal ocupación temporal inmediata es para el desarrollo del proyecto del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, la administración de esas vías de comunicación serán entregadas a la Secretaría de Marina.

En el mismo, publicado este día en el Diario Oficial de la Federación establece que por tanto, se procede la ocupación temporal inmediata de los bienes y derechos objeto de la concesión otorgada a Ferrosur, S.A. de C.V., , así como la infraestructura desarrollada por Ferrosur, S.A. de C.V. con motivo de dicha concesión.

De igual forma podrán hacer el uso, aprovechamiento, operación y explotación del derecho de vía, de los centros de control de tráfico y despacho, y de las señales para la operación de las vías férreas mencionadas.

También poseerán los demás bienes del dominio público que comprenden la concesión para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y sus servicios auxiliares; la exclusividad para prestar dicho servicio público de transporte ferroviario de carga.

La Secretaría de Marina tendrá a su cargo las mejoras desarrolladas por el concesionario en los tramos señalados, y los demás bienes, servicios y derechos necesarios para la debida operación de las vías férreas ya señaladas.

Con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec debe cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho.

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