Xalapa | 2022-05-18 | Jair García
El alcoholímetro habrá de ser instrumentado en todo el país de manera permanente, de acuerdo con la Ley de Movilidad y Seguridad Vial que fue expedida y publicada en el Diario Oficial de la Federación, donde prohíbe que choferes del transporte público o de carga consuman una gota del alcohol si van a conducir.
Uno de los objetivos de dicha ley es disminuir los accidentes que causan lesiones y hasta la muerte a miles de peatones, ciclistas y automovilistas cada año.
Conforme a la nueva normatividad, las pruebas de alcoholímetro se aplicarán de manera permanente en todo el país para los conductores de los vehículos, ya sea particulares o del transporte público.
Detalla que queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre, pero en el caso de los conductores de motos, la prohibición será desde máximo 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 d/dL en sangre.
En el caso de los choferes de transporte de pasajeros o de carga tienen prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol.
Las sanciones habrán de definirse entre las autoridades de los tres niveles de Gobierno y apoyarse con los reglamentos de Tránsito, ya sea municipales o estatales.