Coatzacoalcos | 2022-07-08
Para todos los que leen lo que aquí escribo, quisiera decirles que muchos jueces de ejecución y abogados postulantes engañan a los familiares de los detenidos que ya se encuentran sentenciados y está firme dicha sentencia, para tramitar alguna libertad anticipada o pre liberación o que salgan con un beneficio de sustituto de pena, por ejemplo, que están a 20 años y ya llevan 10 sentenciados, puedan recuperar su libertad, esto es posible en casos por homicidio, violacion, pero no va a proceder la sustitución de la pena por delitos en materia de delincuencia organizada secuestró y trata de personas, esto quiere decir que quien esté sentenciado y haya causado estado dicha sentencia, tendrá que cumplirla de punta a punta. Si le ponen 50 años tendrá que compurgar 50 años de prisión.
Por eso, quienes tengan un familiar por estos delitos, tendrán que cumplir la prisión de punta a punta.
Dato curioso e interesante, para que todos los que de uno y otra forma conocemos el principio procesal de la ley nacional de ejecución, no todos somos leales al texto se la ley en cita, la pregunta obligada es, porque este paradigma y en el ámbito de aplicación por los jueces de ejecución, no existen beneficios para ciertos reos condenados y sentencia firme en delitos como secuestro, delincuencia organizada y otros más.
Digno de confianza un buen amigo abogado me dice licenciado, habemos quienes de forma clara buscamos la mejor aplicación de las normas, pero hay que señalar que aprovechándose del error en el que viven por ignorar la ley los reos se dejan llevar por sus defensores quienes sabiendo que no existen beneficios por los delitos que fueron sentenciados, promueven una libertad anticipada, claro con la complacencia de jueces de ejecución quienes al recibir las promociones le dan curso, en lugar de desecharlas de plano, obvio tiran la solicitud a los fiscales y estos en consecuencia niegan el beneficio solicitado por no ser procedente a derecho.
En consecuencia y de reflexión, no debe de darle curso a promoción de esta índole, se presta a corruptelas y malas prácticas, deteriorando aún más la confianza de nuestras instituciones de procuración y administración de justicia.