El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores, y su cumplimiento por parte de las empresas debe estar garantizado, Ramón de la Cruz Ramírez,
presidente del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz, recordó que debe realizarse a más tardar el 31 de mayo en el caso de personas morales, y al 29 de junio para personas físicas con actividad empresarial.
"El reparto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)ya debe comenzarse a entregar. Sin embargo, las empresas están entre comillas, obligadas a cumplir con este derecho, ya que su cumplimiento depende de la existencia de una renta gravable".
Recordó que para poder calcular el 10% de utilidades que por ley corresponde a los trabajadores, la empresa debe haber generado una utilidad fiscal durante el ejercicio anterior. Si no existe una renta gravable, no hay base para calcular ni distribuir la PTU. Por lo tanto, aunque el reparto de utilidades es un derecho, su ejercicio está condicionado a que la empresa haya tenido ganancias.
"Este escenario representa un desafío tanto para los trabajadores como para los contadores, quienes deben emitir las constancias correspondientes en caso de que no exista utilidad que repartir. Dicho proceso administrativo puede generar retrasos y carga adicional en los despachos contables, especialmente en los meses de cierre fiscal".
Llamó a las empresas a mantenerse informadas, cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales y garantizar el acceso a este derecho laboral siempre que las condiciones fiscales lo permitan.
Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad
Reservados todos los derechos 2025 |