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Estado

Condenados por violencia o por incumplir pensión no podrían ser funcionarios

En el Congreso del Estado se analiza una iniciativa para retomar la iniciativa “3 de 3 contra la violencia" del INE
Xalapa , Ver | 2022-09-29 | Jesús Ruíz
Condenados por violencia o por incumplir pensión no podrían ser funcionarios
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La diputada de MC, Maribel Hernández Topete, presentó una iniciativa para que quienes hayan sido condenados por cualquier tipo de violencia de género o hayan incumplido con obligaciones alimentarias no puedan acceder a cargos públicos.

La propuesta de la legisladora contó con el respaldo del Grupo Legislativo de MORENA, así como de las diputadas, Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre y Nora Jéssica Lagunes Jáuregui y del legislador Othón Hernández Candanedo.

“Es impostergable legislar de manera específica para que quienes ocupen cargos públicos en los órganos del Poder Ejecutivo; Legislativo y Judicial, así como en los organismos autónomos del Estado, en las administraciones municipales, no cuenten con condenas de violencia de género en cualquiera de sus tipos y modalidades por delitos de carácter sexual y por el incumplimiento de obligaciones alimentarias”, destacó la legisladora.

La iniciativa con proyecto de decreto reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado y elevaría los estándares de elegibilidad para puestos del servicio público estatal y municipal, haciendo prevalecer la protección de las mujeres ante cualquier tipo y modalidad de violencia hacia ellas.

La legisladora propuso retomar la iniciativa “3 de 3 contra la violencia” implementada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en 2020, la cual consiste en que las y los aspirantes a una candidatura no cuenten con dichos supuestos de condena o sanción.

Planteó que los requisitos de elegibilidad propuestos en la iniciativa deben extenderse al servicio público, toda vez que está relacionado con el modo honesto de vivir y desenvolverse al servicio de ciudadanía.

“En una verdadera democracia, no basta con ser un funcionario eficiente, sí se es acosador sexual; no basta ser un servidor público destacado, sí se es agresor por razones de género; no basta ser un legislador, un juez, un alcalde o un magistrado honrado y sin vínculos de corrupción, sí se es deudor de pensión alimenticia, pues ante esto último, debe protegerse el interés superior de las y los menores”.

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